La Reforma Tributaria propuesta por el Gobierno Nacional, que entraría a discusión en el Congreso, cambia de manera relevante algunos aspectos que las grandes empresas deben considerar a la hora de cuantificar los costos totales para satisfacer su cadena de abastecimiento.
El análisis muestra cómo diferentes elementos recurrentes de las grandes empresas pasan de exentos a gravados, las tarifas generales suben y las exclusiones serán gravadas. Estos nuevos impuestos harán que la cadena de abastecimiento incremente sus costos en los insumos/bienes nacionales e importados, proyectos de CAPEX, mano de obra y servicios.
En este artículo te contamos los principales impactos y las características más relevantes en cada capítulo, las cuales se encuentran resumidas en las siguientes:
1. Impuesto de Renta sobre personas jurídicas
- Tarifa: La Tarifa marginal sobre renta líquida hasta $500.000.000 sería del 27% y las rentas que superen ese valor para el 2022 y 2023 tendrían una tarifa del 33%.
- Descuentos Derogados: a) El IVA en la adquisición, importación y construcción de activos fijos reales productivos b)
- Rentas Exentas: Se suprimen las rentas exentas del articulo 235-2 del Estatuto tributario. Se respetará las situaciones jurídicas consolidadas.
- Inversiones en Capital del Exterior: En la Reforma Tributaria se reduce la retención del 5% al 0% a partir del 2022 para las utilidades generadas por renta fija y/o de derivados financieros públicos o privados.
- Inversiones Locales: Se modificarán las condiciones de la realización del ingreso en FIC´s o inversiones privadas.
- Marketing Digital: Si el beneficiario es una empresa en Colombia tendría retenciones del 20%.
2. Impuestos sobre las ventas
- Base Gravable: Se derogaría la base gravable especial de AIU para varios servicios: temporales, vigilancia, cooperativas y otros de trabajo asociado.
- 3 días sin IVA: Se mantendrían la mayoría de los requisitos y condiciones para los 3 días sin IVA.
- De excluidos a gravados: a) Servicios de cloud computing y hosting b) Servicios Públicos de estratos 4, 5 y 6. c) Comisiones por la utilización de tarjeta débito y/o crédito d) Servicios de mensajería.
- De exentos a gravados: Venta de paneles solares
- De gravados del 5% al 19%: a) Almacenamiento de productos agrícolas b) Planes de medicina prepagada y complementarios.
3. El impacto sobre los colaboradores – personas naturales
- Tarifa: Se establecen 2 tablas en donde la tarifa varia del 10% hasta el 41% dependiendo con la renta gravable.
- Umbrales de Declaración de renta de los colaboradores: a) En el 2022 desde los $29.000.000 de ingresos anuales b) En el 2023 desde los $20.400.000 de ingresos anuales.
- Descuentos/Deducciones Derogados: a) Aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina en la contratación de menores de 28 años, mujeres mayores de 40 años sin trabajo en los últimos 12 meses y empleados que devenguen menos de 1.5 salarios mínimos. b) intereses sobre créditos hipotecarias/créditos educativos ICETEX c) Seguros de Salud
- Cédula General: El porcentaje de rentas exentas y deducciones se reduce al 25% de los ingresos gravables del periodo.
- Dividendos: Con la Reforma Tributaria la tarifa se incrementaría al 15%.
- De ingreso no constitutivo de renta a Gravado: Cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual.
- De exento a gravado: a) Cesantías e intereses b) AFC y ahorros voluntarios c) pensiones por encima de $59.000.000 anuales.
- Patrimonio Líquido: Personas naturales con Patrimonio líquido desde $5.000.000.000 hasta $15.000.000.000 tendrán una tarifa del 1%, a partir de ese valor el Patrimonio líquido será gravado con el 2%.
4. Procedimiento de Tributación y Otras obligaciones
- Facturación Electrónica: a) Se hace indispensable que las rentas no laborales y de capital sean soportadas por este mecanismo. b) Se amplia la base de obligados a facturar y el valor desde el cual se debe expedir factura es de $1.090.000 c) La DIAN determinará la liquidación oficial del impuesto a partir de la factura d)
- Recursos Repatriados: Para la normalización tributaria de activos en el exterior la tarifa será del 17%, en caso de re-inversión en el país con una vigencia de 2 años de dichos recursos la tarifa sería del 8.5%
5. Otros impuestos generales de la cadena de suministro
- Sobretasa gasolina y ACPM: Existirá una nueva base gravable fijándose un valor por unidad de volumen
- Impuesto al carbono: Se estipula que más operaciones serían sujetas a este tributo
- Impuesto al plástico de un solo uso: todos aquellos que se usen para envasar, embalar o empacar bienes. El costo será de $1.82 pesos por gramo.
- Impuesto plaguicidas y no orgánicos: Tendrá una tarifa del 8% sobre el precio final.
- Peajes: Las capitales podrán instaurar peajes dentro de su jurisdicción.